Visado de estudios España vs. estancia por estudios: diferencias clave (México → España)

¿Visado desde México o estancia por estudios desde España? Dos rutas, un mismo objetivo: estudiar en España. Compara visado en México (BLS/Consulado) vs estancia desde España y elige con claridad. Te contamos, las diferencias entre el visado de estudios España vs. estancia por estudios.

EXTRANJERÍA ESPAÑA

JB LEGAL

2/23/20267 min read

Cuando vas a estudiar en España y quedarte más de 90 días, existen dos vías para solicitar la autorización, que a menudo se confunden:

(1) Tramitar un visado de estudios desde México, y

(2) Solicitar la estancia por estudios desde España.

Elegir mal puede implicar retrasos, costos innecesarios o, en el peor de los casos, quedarte sin margen para empezar el curso. Y aquí viene lo que casi nadie te explica al principio: muchas personas inician el trámite desde México sin saber que, tratándose de estudios superiores, desde España y en situación migratoria regular, pueden solicitar la autorización de estancia por estudios desde aquí.

La vía consular tiene un plazo máximo de un mes para notificar la resolución desde la presentación, pero suele exigir organizar la cita y además se recomienda tramitar con antelación.

En cambio, si presentas la solicitud desde España, el plazo máximo para resolver es de dos meses desde la presentación ante la Oficina de Extranjería. En la práctica, esto a veces evita el ‘cuello de botella’ de la cita consular, aunque no elimina los plazos legales: cambia el canal, cambia el ritmo… y cambia el margen con el que llegas a inicio de clases.

¿Qué es el visado de estudios para España desde México?

El visado de estudios es un visado nacional que habilita la entrada y estancia en España por un período superior a 90 días para realizar estudios superiores, educación secundaria postobligatoria u otras actividades formativas previstas en el régimen de estancia por estudios.

En términos del régimen vigente, se encuadra como visado de estancia de larga duración por estudios, dentro del marco de la Ley Orgánica 4/2000 y su Reglamento aprobado por el Real Decreto 1155/2024, además de la Directiva (UE) 2016/801.

Para evitar confusiones (y ahorrar tiempo), aquí están los enlaces oficiales por sede: Ciudad de México/BLS, Monterrey, Guadalajara y la Embajada de México en España para matrícula consular:

person holding passports
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Visado de estudios vs. estancia por estudios: diferencias clave
(México → España)

Aunque el trámite de estudiante pueda parecer “sencillo”, exige prudencia: no es lo mismo solicitar un visado de estudios en Consulado que pedir una autorización de estancia desde España, y la elección de la vía correcta depende de tu situación (dónde estás, cómo entras, fechas del curso, etc.).

La falta de conocimiento del procedimiento o un error en la presentación puede traducirse en retrasos, costes innecesariosquedarte sin margen para empezar el curso, o, en el peor de los casos, la denegación.

Contar con asesoría legal especializada permite preparar un expediente coherente y completo y planificar plazos teniendo en cuenta el régimen de silencio administrativo en extranjería.

En JB Legal, somos abogados colegiados en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) y miembros de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), y estamos especializados en el acompañamiento legal de clientes que se trasladan a España.

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Fuentes oficiales en México
Dónde se tramita el visado de estudios

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Preguntas frecuentes (FAQ) — visado de estudios y estancia por estudios

¿Necesito visado si mis estudios duran más de 90 días?

Sí, en general, para una estancia superior a 90 días por estudios se tramita un visado nacional de estudios (según el supuesto y la actividad). La página consular oficial lo define como “visado para estancia superior a 90 días” para estudios y actividades formativas.

¿Cuánto tarda en resolver el Consulado?

Para el procedimiento iniciado desde fuera de España (oficina consular), la hoja oficial de Migraciones indica un plazo máximo de 1 mes para notificar la resolución desde el día siguiente a la presentación en la oficina consular competente.

¿Cuánto tarda en resolver Extranjería en España?

Para el procedimiento iniciado desde España (Oficina de Extranjería), la misma hoja oficial fija un plazo máximo de 2 meses para notificar la resolución desde el día siguiente a la presentación

¿Qué pasa si no responden dentro del plazo?

En materia de extranjería, si transcurre el plazo máximo para notificar sin resolución expresa, se produce un acto presunto por silencio administrativo. El Real Decreto 1155/2024 lo recoge expresamente en su Disposición adicional octava (Silencio administrativo), indicando que, transcurrido el plazo para notificar, las solicitudes podrán entenderse desestimadas conforme a lo previsto en la Disposición adicional primera de la Ley Orgánica 4/2000, y con las excepciones que esa misma disposición contempla.

El artículo 24 de la Ley 39/2015 establece que, como regla general,  el silencio será estimatorio, salvo cuando una norma con rango de ley establezca lo contrario; y añade que la desestimación por silencio tiene el efecto de permitir interponer el recurso administrativo o contencioso-administrativo procedente.

¿Dónde se tramita: CDMX (BLS), Monterrey o Guadalajara?

Depende de tu demarcación consular. En Ciudad de México, el visado se canaliza habitualmente por el portal oficial de BLS, que además advierte contra intermediarios y recuerda que las citas se reservan exclusivamente en su web.

Para Guadalajara, existe la página oficial del Consulado con “Visados Nacionales – Visado de estudios”.

Para Monterrey, el Consulado publica un aviso específico sobre el sistema de citas y los riesgos de terceros.

¿Qué es la autorización de estancia por estudios desde España ?

La autorización de estancia por estudios (en la hoja oficial, estancia de larga duración por estudios) es la resolución administrativa que habilita a la persona extranjera a permanecer legalmente en España por un período superior a 90 días para cursar estudios superiores o educación secundaria postobligatoria, bajo el marco de la LO 4/2000 y el Real Decreto 1155/2024 (además de la Directiva (UE) 2016/801).

Visado de estudios y autorización de estancia por estudios: diferencias clave

Visado (Consulado) y autorización (Extranjería) no son sinónimos: el primero es el título habilitante de entrada tramitado fuera de España (vía consular), mientras que la segunda es la habilitación de permanencia que, en los supuestos previstos, puede solicitarse desde España ante Extranjería.

1) Consulado/Visado de estudios – Ciudad de México (CDMX)

2) BLS España Visa (México) – portal oficial para citas e información

  • Sitio oficial BLS (incluye advertencias antifraude y enlace a demarcación):


    BLS Spain Visa México

    En esa misma página, BLS remite a revisar demarcación para confirmar la competencia territorial del consulado en Ciudad de México; Monterrey y Guadalajara.

3) Consulado General de España en Monterrey (citas y aviso oficial)

4) Consulado General de España en Guadalajara – Visado de estudios

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Evita errores y reduce riesgos habituales (inadmisiones, denegaciones por falta de coherencia documental o pérdida de margen por plazos). En extranjería, además, si transcurre el plazo máximo sin resolución, puede operar el silencio administrativo en los términos previstos en el Reglamento y en la LO 4/2000, con las excepciones legales aplicables

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