Al escriturar un inmueble pagas entre el 4 % y el 8 % de su valor. Una parte de ese monto, los derechos de inscripción en el registro público, está calculada sobre una base que la Suprema Corte considera inconstitucional, y es recuperable mediante juicio de amparo.

¿Cuánto cuesta escriturar una casa en México?

Revisamos tu escritura o su proyecto, identificamos el cobro impugnable conforme a la ley de tu entidad y promovemos el juicio de amparo hasta obtener la devolución del excedente.

Recuperación de derechos registrales: Querétaro, Estado de México y demás entidades.

¿Quiénes serán tus abogados?

Contar con la estrategia correcta desde el inicio garantiza el éxito del proceso. Creemos que cada cliente merece una atención personalizada, comunicación transparente y acompañamiento jurídico constante.
Tu caso no es uno más: es nuestra responsabilidad, y lo asumimos con rigor y compromiso.

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Nuestro equipo está integrado por abogados con cédula profesional en México y colegiados en el ICAM — Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Litigamos en materia fiscal y constitucional ante los juzgados de distrito.

Qué pagas al escriturar y qué se puede recuperar

Al firmar la escritura cubres varios conceptos ante distintas autoridades. Sólo uno de ellos admite impugnación constitucional:

Sí se recuperan los derechos de inscripción en el registro público, que la mayoría de las entidades cobran sobre el valor del inmueble en lugar del costo real del servicio.

No se recuperan los honorarios notariales, que son contraprestación privada, ni el impuesto sobre adquisición de inmuebles o traslado de dominio, cuya base referida al valor del bien sí es constitucionalmente válida.

El plazo para promover el amparo es de quince días hábiles desde el pago

Revisamos tu escritura antes de que venza el término

Por qué el cobro es impugnable

El servicio es el mismo

Calificar e inscribir un título es idéntico trabajo, valga el inmueble uno o diez millones de pesos.

Criterio de la Suprema Corte

La jurisprudencia 2a./J. 121/2007 declara que cobrar sobre el valor de la operación vulnera la proporcionalidad y la equidad.

Devolución del excedente

El amparo libera de la tarifa porcentual y deja subsistente sólo la cuota fija mínima prevista en la ley estatal.

Querétaro y Estado de México

En Querétaro la inscripción se cobra a 7.5 al millar sobre el valor; en el Estado de México, por rangos.

¿Quieres saber cuánto puedes recuperar en tu caso?

Colegios y Asociaciones que nos respaldan

El uso y explotación de los logos y marcas antes citadas son propiedad exclusiva de sus titulares. La presente referencia solo tiene carácter informativo ante el público consultor.

Formamos parte de distintas barras, colegios y asociaciones profesionales que respaldan nuestra práctica y nuestro compromiso con los más altos estándares éticos, técnicos y de calidad.

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